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ACEMM pide el rápido nombramiento del nuevo Director General de Montes

Para, de este modo, poder comercializar madera a partir de 2024.

La Asociación Cántabra de Empresarios de la Madera y del Comercio del Mueble (ACEMM) ha solicitado a la nueva consejera de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, María Jesús Susinos Tarrero, una reunión urgente para solucionar la falta de titular de la Autoridad Competente en Cantabria responsable de la aplicación del Reglamento de la Unión Europea Libre de Deforestación (EUDR).

Según explica ACEMM, la fecha de entrada en vigor de las obligaciones para los estados miembros y grandes y medianas empresas es el 30 de Diciembre de 2.024, y a fecha de hoy Cantabria no tiene Autoridad Competente (que es el Director General de Montes y Biodiversidad) ni se ha dotado de una infraestructura suficiente ligada a esta Autoridad, con bastante personal, capacitado para poner en marcha la implantación del Reglamento EUDR y el Protocolo de Actuación de las empresas afectadas, a la mayor brevedad posible.

La no aplicación del Reglamento podría suponer una paralización de este sector y de los demás afectados, por todo ello es urgente el nombramiento de un nuevo Director General de Montes y Biodiversidad, y que se dote de una infraestructura suficiente a la Autoridad Competente de Cantabria con personal capacitado para poner en marcha la implantación del Reglamento EUDR y el Protocolo de Actuación de las empresas afectadas, a la mayor brevedad posible.

El Reglamento EUDR aprobado en 2.023 busca luchar contra la deforestación y la degradación forestal a nivel mundial. Para ello, el Reglamento establece una serie de obligaciones para comercializar varias materias primas entre las que se encuentra la madera, con el fin de garantizar un Origen Legal y una Gestión Forestal Sostenible. Las materias primas pertinentes afectadas por el nuevo Reglamento son el ganado bovino, cacao, café, caucho, palma aceitera, soja y madera.

SOBRE EL EUDR

Según la UE el principal causante de la deforestación y la degradación de los bosques es la expansión de las tierras agrícolas, que está vinculada a la producción de productos básicos que importamos, como soja, carne de res, aceite de palma, madera, caucho, cacao y café.

El Reglamento EUDR aprobado en 2023 busca luchar contra la deforestación y la degradación forestal a nivel mundial. Para ello, el Reglamento establece una serie de obligaciones para comercializar varias materias primas entre las que se encuentra la madera, con el fin de garantizar un Origen Legal y una Gestión Forestal Sostenible. Las materias primas pertinentes afectadas por el nuevo Reglamento son el ganado bovino, cacao, café, caucho, palma aceitera, soja y madera.

Como importante economía y consumidora de estos productos básicos vinculados a la deforestación y la degradación forestal, la UE es en parte responsable de este problema, y ha querido dar respuesta a la contundente petición realizada por los ciudadanos europeos para que la UE lidere el camino para resolver la situación.

El objetivo de las nuevas reglas es prevenir la deforestación y la degradación forestal. Esto también significaría una reducción de al menos 31,9 millones de toneladas métricas de emisiones de carbono a la atmósfera cada año debido al consumo y la producción de las materias primas relevantes en la UE, lo que podría traducirse en un ahorro económico de por lo menos 3,2 billones de € anuales.

Dentro de cada mercancía, el reglamento define qué productos están incluidos en el ámbito de aplicación de la ley, de acuerdo con una lista de códigos aduaneros de la UE. La lista también incluye algunos productos derivados como cuero, chocolate y muebles.

El EUDR requiere que los productos sean legales y libres de deforestación.

Antes de comercializar cualquier producto en el mercado de la UE, los operadores deben presentar una declaración de diligencia debida para garantizar que solo los productos legales y libres de deforestación estén permitidos en el mercado de la UE.

Proceso de diligencia debida:

  • Recopilar información del producto: los operadores deberán recopilar información sobre cantidad, geolocalización, legalidad y deforestación. (Artículo 9, EUDR)
  • Realizar una evaluación de riesgos: los operadores deberán realizar una evaluación de riesgos para establecer si existe el riesgo de que los productos que se pretende comercializar o exportar no cumplan con los requisitos. Esto incluye la consideración de la presencia de Pueblos Indígenas en el área donde se produce el producto. (Artículo 10, EUDR). 
  • Mitigar los riesgos: si la evaluación de riesgos no revela ningún riesgo o es insignificante, es posible que la mitigación de riesgos no sea necesaria. Sin embargo, si existe una duda razonable, los operadores deberán desarrollar procedimientos y medidas de mitigación de riesgos, como auditorías independientes. (Artículo 11, EUDR)
  • El Reglamento establece normas comunes para cualquier empresa, de la UE o del extranjero, que comercialice los productos en el mercado de la UE, sujetos al ámbito de aplicación. 
  • El Reglamento garantizará que los productos nacionales e importados se midan con los mismos estándares. No habrá prohibición de ningún país ni de ningún producto. Los productores sostenibles podrán seguir vendiendo sus productos a la UE

El Reglamento de la madera de la UE (EUTR) será reemplazado por el EUDR y, por lo tanto, ya no estará en vigor. Sin embargo, el EUTR sigue aplicándose durante 3 años a los productos de madera en los que los árboles fueron talados antes de que la EUDR entrara en vigor; el producto de madera se coloca en el mercado de la UE en o después de que la EUDR sea aplicable a las empresas.