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El nuevo Reglamento de Deforestación importada de la UE: alcance e implicaciones

Para conocer el nuevo Reglamento de Deforestación importada de la UE y analizar el alcance de la nueva normativa y sus implicaciones para empresas de distintos sectores, PEFC y amfori organizan un webinar online el próximo 7 de marzo de 10h a 11h en el que se dará espacio para las preguntas de los asistentes.

El pasado 6 de diciembre el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo en relación al propuesto Reglamento Europeo sobre Deforestación (o EUDR, por sus siglas en inglés), cuyo texto final será publicado en unos meses.

Una vez en aplicación, el Reglamento impedirá la importación, comercialización y exportación de ciertos productos asociados a riesgos de deforestación en o desde el mercado europeo. La lista de productos incluye: madera, aceite de palma, cacao, café, caucho, ganado, soja y derivados de éstos, como carne de vacuno, cuero, papel impreso, muebles o chocolate, entre otros.

Asimismo, las empresas deberán seguir una serie de obligaciones en materia de diligencia debida. Por ejemplo, las empresas que importen estos productos al espacio comunitario deberán adjuntar una “declaración de diligencia debida” que verifique que han sido producidos en tierras que no han sufrido deforestación desde el 31 de diciembre de 2020 y que cumplen con todas las leyes relevantes en el país de producción. Además, deberán recoger “información geográfica precisa” sobre el terreno de cultivo donde crecieron dichos productos, un rastreo que permita comprobar el cumplimiento de todas las normas, anunciándose sanciones “eficientes y disuasorias” para quienes lo incumplan.

Al tratarse de un Reglamento, y no una Directiva, EUDR tiene aplicación directa en los países miembros de la UE y no necesita transposición a las leyes nacionales. Se espera que el Reglamento entre en vigor en junio de este año, con un periodo de aplicación de 18 meses.

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