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Las obligaciones que exige la UE en materia de deforestación se aplazan un año

En respuesta a las preocupaciones planteadas por los Estados miembros de la UE, países no pertenecientes a la UE, comerciantes y operadores de que no podrían cumplir plenamente las normas si se aplicaran a finales de 2024, la Comisión propuso aplazar un año la fecha de aplicación del Reglamento Europeo sobre Deforestación (EUDR). En la fotografía principal los eurodiputados Pascal Canfin (Renovación) y Christine Schneider (PPE) -autora de las enmiendas-. Fotógrafo: Philippe BUISSIN Copyright: © Unión Europea 2023 – Fuente : PE

El Pleno acordó en octubre de 2024 tramitar la propuesta por el procedimiento de urgencia. El pasado 14 de noviembre el Parlamento europeo aprobó este aplazamiento, así como otras enmiendas. Resultado de la votación AQUÍ.

Los grandes operadores y comerciantes tendrán que cumplir las obligaciones derivadas de este reglamento a partir del 30 de diciembre de 2025, mientras que las microempresas y pequeñas empresas, a excepción de las del sector de la madera, tendrán hasta el 30 de junio de 2026. Este plazo adicional ayudaría a los operadores de todo el mundo a aplicar la normativa sin problemas desde el principio, sin menoscabar los objetivos de la ley.

El consumo de la UE es la causa de alrededor del 10% de la deforestación mundial © adamikarl / Adobe Stock

El Parlamento también aprobó otras enmiendas propuestas por los grupos políticos, entre ellas la creación de una nueva categoría de países «sin riesgo» de deforestación, además de las tres categorías existentes de riesgo «bajo», «estándar» y «alto». Los países clasificados como «sin riesgo», definidos como países con un desarrollo de la superficie forestal estable o en aumento, tendrán que cumplir unas exigencias mucho menos estrictas, ya que el riesgo de deforestación es insignificante o inexistente.

La Comisión tendrá que ultimar un sistema de evaluación comparativa por países antes del 30 de junio de 2025.

PRÓXIMOS PASOS

Asimismo, el Parlamento ha acordado devolver este expediente a la Comisión para que se celebren negociaciones en trílogo. Para que estos cambios entren en vigor, el texto acordado deberá ser aprobado tanto por el Consejo como por el Parlamento y publicado en el Diario Oficial de la UE.

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