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El COITF se opone frontalmente al Proyecto de Real Decreto de las Enseñanzas Oficiales del Sistema Universitario Español

Las modificaciones propuestas son elitistas y van contra Bolonia: los títulos de Grado deben garantizar el acceso al mercado laboral.

El pasado día 8 de mayo de 2020, el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Forestales (COITF) ya expresó su opinión en un documento al Sr. D. Manuel Castells, Ministro de Universidades, con motivo de la Consulta Pública Previa sobre el Proyecto de Real Decreto de Ordenación de las Enseñanzas Oficiales del Sistema Universitario Español. En dicho documento, el COITF se opone frontalmente al proyecto de real decreto planteado.

El COITF considera imprescindible poner de manifiesto la necesidad y la conveniencia de cumplir plenamente los objetivos del Espacio Europeo de Enseñanza Superior (EEES), concretados en la legislación actualmente vigente y que actualmente no se cumple. Los planes de estudio de las diferentes modalidades de ingeniería están todavía, a día de hoy, bastante alejados de cumplir plenamente esta exigencia y buena prueba de ello la constituyen las múltiples ofertas de planes de Másteres Integrados o de Grados Blancos de ingeniería, que no atribuyen competencias profesionales. El nuevo modelo que se desea imponer es todavía mucho peor.

La consulta pública previa mantiene que “en todas las universidades españolas ya prácticamente sólo se ofertan títulos de grado, de máster y de doctorado que siguen estas directrices europeas”, afirmación esta que no se ajusta plenamente a la realidad de la oferta educativa, al menos, para quienes desean cursar estudios de ingeniería.

Se abre la puerta para que las universidades puedan ofrecer y fomentar programas académicos que integran el Grado con el Máster, una estructura de un 3+2, que devalúan intencionadamente las titulaciones de Grado, es decir, volver al modelo antiguo pre-Bolonia y “cambiar todo para no cambiar nada”, y haciendo perder competitividad a nuestros ingenieros en el espacio europeo e internacional.

La mayoría de universidades hace tiempo que cambiaron alumnos por clientes. Las modificaciones propuestas tienen un importante sesgo elitista al encarecer la formación académica y fomentar que el acceso al mercado laboral se realice prioritariamente a la finalización del Máster incumpliendo uno de los postulados fundamentales del EEES: los títulos de Grado deben garantizar el acceso al mercado laboral. Esto castiga definitivamente a los estudiantes con menos recursos y favorece el “mercadeo” de títulos de posgrado.

Además se quiere devaluar los títulos universitarios de Grado, no correspondiendo las competencias adquiridas con la relevancia profesional del egresado. En España no existen títulos profesionales en Ingeniería, tan sólo disponemos de los títulos académicos que otorgan las universidades. Se crea una situación de desventaja entre el resto de graduados y los que lo son en ingeniería, siendo éstos últimos los grandes perjudicados en la modificación de este Real Decreto.

Para mantener el nivel de reconocimiento que nuestros ingenieros tienen en el entorno europeo del EEES y en el concierto competitivo mundial, debemos defender con “uñas y dientes” los actuales Grados en Ingeniería. Es lamentable que la Disposición Adicional Decimoprimera del Borrador de Real Decreto pretenda perpetuar una situación de confusionismo y falta de transparencia en la oferta educativa de la ingeniería permitiendo la proliferación de títulos de Grado sin atribuciones profesionales: tales Grados no deben ser en ingeniería.

Por todo ello es deseable que, de una vez por todas, la autonomía de las universidades en el diseño de su oferta educativa respete el principio fundamental del EEES de que el título de Grado articula la formación superior generalista, mientras que el título de Máster está más orientado a la especialización y el Doctorado a la investigación. Sólo los Grados en ingeniería deben dar derecho a acceder a los Másteres en ingeniería y deben garantizarse los 240 créditos de los títulos de Grado en Ingeniería, que habilitan para el ejercicio de las profesiones reguladas en las Órdenes CIN.

Para acceder a un título de Máster, es preciso e indispensable estar en posesión de un título universitario de Grado. No tiene sentido alguno que el alumno pueda obtener un título de Máster, sin haber cursado los estudios de Grado. Ni siquiera el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, menciona el título universitario de Máster. ¿Vamos a impedir a estos titulados de Máster que no ostenten el título universitario de Grado la posibilidad de acceder a la función pública española?

El Real Decreto 1393/2007 surgió de un consenso entre todos los colegios profesionales y los rectores de la subcomisión de enseñanzas técnicas, y ya se acordó converger en Europa con un modelo de 240 ECTS, que facilita la movilidad, el acceso a homologaciones y oposiciones en toda Europa y permite integrar prácticas en empresas durante los estudios universitarios; mientras que se rechazó en los ámbitos de la Ingeniería esta otra obsoleta estructura como coladero de grados blancos inservibles para entrar en másteres integrados, cualquier modificación o nueva regulación en otro sentido requerirá, al menos, idéntico consenso, porque sin este acuerdo será difícil avanzar en la modernización de estudios y profesiones y, por tanto, en la convergencia global.