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El Congreso aprueba una proposicion no de ley para la competitividad del transporte forestal

El sobrecoste del transporte forestal en España se estima en torno a un 20 por ciento.

La Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Congreso de los Diputados aprobó el pasado 28 de mayo, a propuesta del Grupo Parlamentario Popular, una proposición no de ley sobre el transporte forestal que insta al Gobierno a aumentar el límite de toneladas permitido para los vehículos que transportan madera por encima de las 40 actuales, una demanda histórica de la Confederación Española de Empresas de la Madera, CONFEMADERA HÁBITAT, que facilitará la movilidad de la madera y el aumento de la competitividad del sector.

Se trata de acogerse a las excepciones permitidas por la normativa europea, que se traspone a la española, como ya han hecho otros países debido al importante peso que el transporte tiene en los costes de explotación de las empresas forestales. Es el caso de Suecia, Finlandia o Portugal, que tienen establecido el límite en 60 toneladas; Francia (57 toneladas); Holanda y Noruega (50 toneladas); Dinamarca y República Checa (48 toneladas); Italia o Alemania (44 toneladas).

 

El límite de 40 toneladas vigente en España resta competitividad al sector forestal español en el mercado de la madera en comparación con estos países de la Unión Europea, ya que el transporte representa aproximadamente más del 50% del coste total de las operaciones de aprovechamiento maderero, por lo que es un factor crítico de la rentabilidad y viabilidad de las empresas, sin olvidar la reducción de las emisiones de gases y partículas contaminantes que conllevaría esta modificación legislativa.

 

El sobrecoste del transporte forestal en España por esta causa, que se estima en torno a un 20%, hace que muchos aprovechamientos forestales sean inviables, lo que también impide una correcta gestión de algunos montes españoles, lo que puede aumentar el riesgo de incendios. Además, un incremento en la carga del transporte implica una mayor capacidad de movilización de madera, lo que dinamizaría las zonas rurales, produciendo beneficios económicos y empleo local.

 

La legislación que regula el transporte forestal por carretera en Europa es la Directiva 96/53, del Consejo de 25 de julio de 1966, modificada por la Directiva 2027, por la que se establecen para determinados vehículos de carretera que circulan en la Comunidad las dimensiones máximas autorizadas en el tráfico nacional e internacional y los pesos máximos autorizados en el tráfico internacional, que para el transporte de madera por carretera es una longitud máxima de 18,75 metros y un peso máximo autorizado de 40 toneladas.

 

En el artículo 4 de dicha Directiva se plantean excepciones a estas limitaciones, de modo que los Estados miembros pueden permitir dentro de su territorio transportes con distintas dimensiones a las definidas en el anexo 1, entre las que se cita expresamente la explotación de la industria forestal.

 

En España la norma que regula este tipo de transporte es el Real Decreto 2822/1998, por el que se aprobó el reglamento general de vehículos. En su anexo 4 se especifica como máximo autorizado, para vehículos de transporte de madera, un peso de 40 toneladas y 18,75 metros de longitud máxima. Esto es lo establecido en la norma europea sin aplicar las posibles excepciones permitidas, algo que sí han hecho otros países europeos.