AEIM (Asociación Española del Comercio e Industria de la Madera) ha actualizado sus Directrices de Diligencia Debida (DDD) para incluir todos los aspectos que se derivan de las sanciones impuestas por la Unión Europea a la madera y productos derivados procedentes de Rusia y Bielorrusia.
A tal efecto, en la última reunión de la junta directiva, celebrada el pasado 22 de abril, se acordó ir adaptando las referidas directrices a las nuevas instrucciones y normativa que fueran surgiendo desde la Unión Europea.
Así, en la reunión del Grupo de Expertos FLEGT/EUTR, celebrada el pasado 29 de abril se decidió que -según el EUTR- todos los productos sometidos al EUTR y fabricados con madera procedente de Rusia y Bielorrusia no pueden importarse, ya que es imposible alcanzar un riesgo despreciable. La importación de productos de madera (código aduanero 44) de Bielorrusia ya estaba prohibida con anterioridad, y a partir del 8 de abril se extiende la prohibición de formalizar contratos de madera con Rusia. Los contratos formalizados hasta esa fecha pueden llevarse a cabo siempre que la entrega se realice antes del 10 de Julio.
La prohibición también afecta a las importaciones de terceros países, como China, con materia prima procedente de Rusia, ya que la Diligencia Debida (DD) en el EUTR debe dirigirse al país del aprovechamiento de la madera, no al origen del producto.
Asimismo, la Comisión Europea ha informado que las sanciones se aplican a toda la madera procedente de Rusia y Bielorrusia, incluida la que llega a través de otros países. Los operadores deben conocer el origen real de la madera, especialmente si ésta pasa por países que no tienen las mismas o similares sanciones en vigor (es decir, posibles intentos de eludir las sanciones).
La Comisión Europea confirmó que ya se ha comunicado a Indonesia, que se asegurará de que ninguna madera o productos de la madera originarios de Rusia o Bielorrusia lleguen al mercado de la UE con licencias FLEGT.