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IRURENA presenta sus procesos ignífugos IRUFIRE B-s2,d0

IRURENA Group promociona y pone a disposición del Mercado sus cuatro procesos ignífugos, recogidos bajo la denominación IRUFIRE.

Todos ellos han sido clasificados en el laboratorio del fuego de TECNALIA (Centro homologado por ENAC).

 

Estos productos de IRURENA Group son aplicables con todo tipo de equipos de proyección (aerografía, airmix y airless).

 

IRUFIRE STOP-1

 

Norma UNE 23.721 de reacción al fuego y su posterior clasificación según la Norma UNE-EN 23.727.
Proceso poliuretano acrílico de dos componentes inalterable a la luz, conformado por 3 capas de 150 gr/m2 cada una, del producto del mismo nombre. Aplicado sobre madera clasificada como M-3/M-4 según la norma UNE-23.721, se clasifica como M-1 según la Norma UNE 23.727. Apto a día de hoy para el sector del mueble de madera.

 

IRUFIRE B-s2,d0 PUR:

 

Norma UNE-EN-13.823:2002 de reacción al fuego y clasificación según UNE-EN-13.501-1:2002 (Euroclases).
Proceso poliuretano acrílico de dos componentes inalterable a la luz. Fondo-acabado que aplicado en dos capas de 120-140 gr/m2, clasifica como B-s2,d0 sobre un soporte de MDF ignifugado y con la misma clasificación. Apto para el recubrimiento de paredes y techos.

 

IRUFIRE B-s2,d0 UV:

 

Norma UNE-EN-13.823:2002 de reacción al fuego y clasificación según UNE-EN-13.501-1:2002 (Euroclases).
Proceso compuesto por una capa de «FONDO UV IGNÍFUGO» (120 gr/m2) y una capa de 100 gr/m2 del «ACABADO UV IGNÍFUGO». Ambos productos, tras un pequeño tiempo de preevaporación de sus disolventes (4-6′ de aire forzado a 25-35ºC), curan por la acción de la radiación UV emitida por lámparas dopadas con vapor de mercurio.

Como su nombre indica, el proceso obtiene una clasificación B-s2,d0 aplicado sobre un sustrato de MDF tratado y con aquella clasificación. Apto para el recubrimiento de paredes y techos.

 

IRUFIRE B-s2,d0 AGUA:

 

Norma UNE-EN-13.823:2002 de reacción al fuego y clasificación según UNE-EN-13.501-1:2002 (Euroclases).
Fondo-acabado acrílico monocomponente de curado al ambiente e inalterable a la luz. Proceso compuesto por la aplicación de sendas capas de 120-140 gr/m2 del «IRUFIRE B-s2,d0 AGUA», sobre un sustrato de MDF ignifugado y con esa misma clasificación. Apto para el recubrimiento de paredes y techos.

 

A tener muy en cuenta:

 

– Norma UNE-EN-13.823:2002: ensayo de reacción al fuego (SBI).

– Norma UNE-EN-13.501-1:2002: clasificación de la reacción al fuego.

 

Asociada a las normas arriba mencionadas, está la Norma UNE-EN-ISO 11.925-2:2002, referida a la inflamabilidad de los productos de construcción cuando se someten a la acción directa de la llama.

 

Antecedentes

 

Desde marzo 2005 (tras la aprobación del RD 312/2005 de 18 de marzo) se introducen en España la clasificación y terminología europeas de los materiales de construcción en función de sus propiedades de reacción al fuego.

 

El RD 312/2005 viene a completar la transposición en España de la Directiva 89/106/CEE sobre Productos de la Construcción, cuyo objetivo es el de eliminar obstáculos en los intercambios comerciales de productos de la construcción dentro del mercado interno de la Unión Europea. Relacionado con el requisito «Seguridad contra incendio» de la Directiva, es necesario adoptar un sistema de clasificación a nivel comunitario que se concreta en la norma UNE EN 13501-1:2002 «Clasificación de la reacción al fuego de los materiales de construcción»

 

Nuevo marco

 

Tras la entrada en vigor del Código Técnico de la Edificación (CTE), normativa de edificación de ámbito estatal que incorpora definitivamente esta clasificación en el Documento Básico de Seguridad en Caso de Incendio (DBSI), se hace necesario e imprescindible conocer:

 

– la nueva terminología.

– las nuevas exigencias de clases de reacción al fuego de los elementos constructivos. 2 02.07

 

Euroclases

 

Clasificación europea de reacción al fuego de los materiales de construcción según el RD 312/2005 y la Norma UNE-EN 13501:2002.

Las clases europeas y su definición son:

 

A1: No combustible. Sin contribución en grado máximo al fuego.

A2: No combustible. Sin contribución en grado menor al fuego.

B: Combustible. Contribución muy limitada al fuego.

C: Combustible. Contribución limitada al fuego.

D: Combustible. Contribución media al fuego.

E: Combustible. Contribución alta al fuego.

F: Sin clasificar.

 

Además en los ensayos se consideran las clasificaciones adicionales siguientes:

 

Opacidad de humos, s, (smoke) con denominación s1, s2, s3, para baja, media o alta opacidad de humos.

Caída de gotas o partículas inflamadas, d (drop) con denominación d0, d1, d2, para nula, media o alta formación de gotas o partículas inflamadas.

 

Por último, los materiales deben clasificarse según su aplicación final. La clasificación de los materiales para paredes y techos irán sin subíndice, y para los suelos llevarán el subíndice fl (floor).

 

Los productos estarán ensayados y clasificados por laboratorios acreditados por una entidad oficialmente reconocida.

 

La validez de los certificados de ensayos emitidos por los centros homologados para tal fin, tendrán una validez de 5 años a partir de la fecha de su emisión.

 

LAS EUROCLASES: UNE EN 13.501-1: 2002

 

 

 

 

 

 

Exigencias del Código Técnico de la Edificación (C.T.E)

 

En el «Documento Básico de Seguridad en Caso de Incendio» (DBSI) integrado dentro del Código Técnico de la Edificación en la sección DB SI 1: Propagación Interior, apartado 4, fija en la tabla 4.1 las «Clases de reacción al fuego de los elementos constructivos».

 

Dicha tabla determina que los revestimientos -siempre que superen un 5% de las superficies totales del conjunto de las paredes, del conjunto de los techos o del conjunto de los suelos del recinto considerado- de techos o paredes, (incluso aquellos materiales que constituyan una capa contenida en el interior del techo o pared y que no esté protegida por una capa que sea el 30% como mínimo), situados en zonas ocupables (*) deberán ser mínimo Cs2d0.

 

(*) Zonas ocupables: incluye tanto las de permanencia de personas, como las de circulación que no sean protegidas. Excluye el interior de viviendas. En Uso Hospitalario se aplicarán las mismas condiciones que en pasillos y escaleras protegidos.